PRONUNCIAMIENTO DE CAMARGO.
9 DE NOVIEMBRE DE 1838.
En la Villa de Camargo a los nueve días del mes de noviembre de mil ochocientos treinta y ocho.
Reunidos los vecinos de las Villas de Camargo, Reynosa, Mier, Ciudad Guerrero y Puerto de Matamoros y algunos piquetes de las Compañias activas y Presidiales persuadidos de la necesidad que hay del restablecimiento del sistema Federal y para la seguridad de sus personas é intereses, y para que la República llegué a disfrutar del crédito, prosperidad y abundancia en que vivimos hasta el año de 1835, que a pesar de haberlo así pedido desde mayo usado del derecho concedido por las llamadas leyes constitucionales, hasta hoy ni siquiera se le contesta, han convenido en los artículos siguientes:
Artículo 1°. Se adoptan las peticiones con que concluye el acta de guarnición de Tampico celebrada del 7 del proximo pasado octubre.
Artículo 2°. Se invitará al Señor general Don Pedro Lemus para que si fuese de su agrado se ponga á la cabeza de nuestras fuerzas y entre tanto será el Gefe de ellas el Señor Coronel Don Eleuterio Mendes.
Artículo 3°. Este pronunciamiento se elevará al conocimiento de S. E. el Gobernador del Estado y demás autoridades para que se sirva apoyarlo y adoctarlo.
Artículo 4°. Los referidos vecinos y militares juramos sostener a todo trance los artículos de este plan hasta derramar la última gota de nuestra sangre.
Siguen quinientas treinta y ocho firmas.
Es copia que certifico.
Campo de las Guerras Norte 12.
Fuente:
Román Iglesias González (Introducción y recopilación). Planes políticos, proclamas, manifiestos y otros documentos de la Independencia al México moderno, 1812-1940. Universidad Nacional Autónoma de México. Instituto de Investigaciones Jurídicas. Serie C. Estudios Históricos, Núm. 74. Edición y formación en computadora al cuidado de Isidro Saucedo. México, 1998. p. 154.
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