Siglo XIX
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1830-1839
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1831
Ley. Facultad al gobierno general para gastar lo necesario en el regreso de las familias mexicanas desvalidas, existentes en Nueva Orleans.
Enero 18 de 1831.
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"De los quinientos mil pesos que, conforme al artículo 14 de la ley de 6 de Abril de 1830, puede el gobierno gastar en los objetos que en él se expresan, destinará la suma necesaria para trasladar á la República las familias mexicanas desvalidas que se hallan en Nueva-Orleans y otros puntos, conduciéndolas al lugar que elijan, con tal que no sea más distante que el que ántes fué su residencia.
(Se circuló en este dia por la Secretaría de Relaciones, y se publicó en bando de 20).
Los objetos á que se detinaron los referidos quinientos mil pesos, fueron construccion de fortificaciones y poblaciones en las fronteras, conduccion á ellas de presidiarios y familias mexicanas.
Fuente:
Legislación mexicana o colección completa de las disposiciones legislativas expedidas desde la independencia de la República. Ordenada por los licenciados Manuel Dublán y José María Lozano.
http://www.biblioweb.dgsca.unam.mx/dublanylozano/
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