Se cede al Estado de San Luis Potosí el cuartel de caballería inmediato al colegio, con la indemnizacion correspondiente y en los términos que propuso el gobernador.
Si el Estado de San Luis Potosí acreditare pertenecerle en todo ó en parte el cuartel de que habla el artículo anterior, quedará libre respectivamente de la indemnización.-
José Joaquin de Herrera, diputado presidente.-
Demetrio del Castillo, presidente del senado.-
Perfecto Sainz de Baranda, diputado secretario.-
José Antonio Quintero, senador secretario.
México, 23 de Mayo de 1827.-
A D. Juan José Espinosa de los Monteros.
Fuente:
Legislación mexicana o colección completa de las disposiciones legislativas expedidas desde la independencia de la República. Ordenada por los licenciados Manuel Dublán y José María Lozano.
http://www.biblioweb.dgsca.unam.mx/dublanylozano/
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