Siglo XIX
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1820-1829
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1827
Instrucciones al enviado de nuestra República cerca de Roma.
Octubre 9 de 1827.
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1.- Que su Santidad autorice en la nacion mexicana el uso del patronato con que han sido regidas sus iglesias desde su ereccion hasta hoy.
2.- Que se continúen á los obispos las facultades llamadas sólitas por el periodo de veinte ó más años, ampliadas, como lo han sido, á dispensar en los impedimentos de consanguinidad de cuarto, tercero, y segundo grado, con atingencia al primero por línea transversal, y en el primero de afinidad por cópula lícita.
3.- Que su Santidad declare la agregacion de la iglesia de las Chiapas á la cruz arzobispal de México, y que á ella se extienda el patronato como á parte de la nación.
4.- Que su Santidad provea de gobierno superior á los regulares, combinado con las instituciones de la República, y de las particulares constituciones religiosas.
5.- Que el gobierno, partiendo de estas bases, haga al enviado todas las explicaciones que estime convenientes para llenar el objeto de su misión.
Publicado en 9 de Octubre de 1827.
Fuente:
Legislación mexicana o colección completa de las disposiciones legislativas expedidas desde la independencia de la República. Ordenada por los licenciados Manuel Dublán y José María Lozano.
http://www.biblioweb.dgsca.unam.mx/dublanylozano/
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