Siglo XIX
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1820-1829
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1824
Decreto. Medidas relativas al proyecto de comunicar los dos Océanos por el istmo de Tehuantepec.
Noviembre 4 de 1824.
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El soberano congreso general constituyente de los Estados-Unidos Mexicanos, se ha servido decretar:
1.- El gobierno hará publicar, tanto en el país como en las naciones en que lo crea conveniente, que se va á emprender la comunicacion de los dos Océanos por el itsmo de Tehuantepec; y que para verificarlo se administrarán todas las propuestas que se hagan al efecto; en la inteligencia de que se preferirá la que ofrezca platicarla con mas perfeccion, comodidad y ventajas para la navegacion.
2.- El gobierno señalará el plazo dentro del cual han de hacerle las propuestas, y miéntras corre, hará reconocer el itsmo de Tehuantepec, y reunirá todas las noticias que sean necesarias para emprender el canal de comunicacion con el conocimiento debido.
3.- Con las propuestas, las noticias que reuna y los informes correspondientes, dará cuenta al congreso para la resolucion definitiva que convenga tomar.
4.- En los mismos términos hará publicar que se admiten cualesquiera otras propuestas de la misma especie, y principalmente para hacer navegables los rios de Alvarado, de Pánuco, Bravo del Norte, Rio grnde de Santiago, y para colonizar y hacer navegable el Rio Colorado de Occidente, dando en su caso cuenta al congreso para la resolucion del artículo 3.
Fuente:
Legislación mexicana o colección completa de las disposiciones legislativas expedidas desde la independencia de la República. Ordenada por los licenciados Manuel Dublán y José María Lozano.
http://www.biblioweb.dgsca.unam.mx/dublanylozano/
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