Siglo XIX
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1820-1829
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1824
Decreto. Los abogados pueden ejercer su profesión en todos los tribunales de la federación.
Diciembre 1º de 1824.
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El soberano congreso general constituyente de los Estados-Unidos Mexicanos ha tenido á bien decretar.
Todos los abogados existentes en la República y los que en lo sucesivo se habilitaren por cualquier Estado, podrán abogar en todos los tribunales de la federacion.
Fuente:
Legislación mexicana o colección completa de las disposiciones legislativas expedidas desde la independencia de la República. Ordenada por los licenciados Manuel Dublán y José María Lozano.
http://www.biblioweb.dgsca.unam.mx/dublanylozano/
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