Siglo XIX
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1820-1829
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1821
Orden. Que una junta reuna las escrituras y comprobantes para la clasificacion de la deuda del imperio.
Octubre 25 de 1821.
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La soberana junta provisional gubernativa de este imperio, teniendo presente lo que en los preliminares de su instalacion pareció digno de su atencion y de la de la regencia, ha resuelto que S. A. providencíe por medio de una junta, la reunion de todas las escrituras y recaudos comprobantes, y el reconocimiento y clasificacion de todos los créditos, á fin de que se anticipe este trabajo y puedan las Cortes resolver cuáles deban reconocerse por el imperio, y el medio y términos de su satisfaccion.
Octubre 25 de 1821.
Fuente:
Legislación mexicana o colección completa de las disposiciones legislativas expedidas desde la independencia de la República. Ordenada por los licenciados Manuel Dublán y José María Lozano.
http://www.biblioweb.dgsca.unam.mx/dublanylozano/
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