Siglo XIX
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1810-1819
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1819
Real orden comunicada por el Ministerio de la Guerra. Declara que solo les pertenece el uso del baston á los Coroneles, Tenientes Coroneles mayores, y á los Comandantes en propiedad con ejercicio.
Marzo 14 de 1819.
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(Recibida en Mégico y publicada en el núm. 94 tomo X, de la Gaceta del Mártes 27 de Julio de 1819.)
Con motivo de las contestaciones ocurridas entre el Coronel del Regimiento de infantería de la Corona y el Coronel agregado al mismo cuerpo Don Félix Camus Herrera, acerca del uso del baston, señalado por la Ordenanza á los gefes propietarios, y de lo expuesto en consecuencia por el Supremo Consejo de la Guerra, se ha servido el REY nuestro Señor declarar, conformándose con el parecer de aquel Supremo Tribunal, que los Coroneles vivos y efectivos con agregacion á los cuerpos de Infantería, así como en las demas armas del ejército, los reformados que despues de mandar cuerpo han quedado agregados, y los Tenientes Coroneles mayores que con el carácter de Coroneles vivos están desempeñando estos empleos no les corresponde el uso del baston, pues solo pertenece usarlo á los Coroneles propietarios, en actual ejercicio; finalmente, prohibe S. M. tambien, el uso del baston á los Tenientes Coroneles y Comandantes vivos y efectivos agregados á los cuerpos del ejército, por hallarse en igual caso que los Coroneles, debiendo únicamente usar de aquella insignia y distintivo de mando, los Tenientes Coroneles mayores y los Comandantes en propiedad con ejercicio, si no tuvieren mayor grado que el de su respectivo empleo.
Lo que de Real órden comunico á V. para su gobierno y cumplimiento.
Dios guarde á V. muchos años.
Madrid, 14 de Marzo de 1819.
Fuente:
Legislación mexicana o colección completa de las disposiciones legislativas expedidas desde la independencia de la República. Ordenada por los licenciados Manuel Dublán y José María Lozano.
http://www.biblioweb.dgsca.unam.mx/dublanylozano/
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