Siglo XIX
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1810-1819
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1816
Real orden. Comunicada por el Ministro de Hacienda al Tesorero general. Expresa que las cuentas que dejaren pendientes los Tesoreros de Ejército por fallecimiento ó separacion, cuiden los Intendentes que sus herederos ó representantes en el término de dos meses las formen por medio del oficial mayor de la respectiva tesorería.
Agosto 17 de 1816.
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Enterado el REY de la contestacion dada por D. Francisco Javier Almeda, sobre la imposibilidad en que se encuentra de formar la cuenta de D. José Belda, Tesorero de Ejército que fué de Valencia, y de lo expuesto en su vista por V. S.; se ha servido S. M. declarar, así para este caso, como para los que puedan ocurrir de igual naturaleza, que siempre que se verifique el fallecimiento ó separacion de algun Tesorero de Ejército, dejando pendientes las cuentas, disponga el Intendente del distrito á que pertenezca, las arreglen sus herederos ó representantes en el perentorio término de dos meses por medio del oficial mayor de la respectiva Tesorería, tomando á falta de ellos las medidas conducentes, á fin de que las órdene de oficio el mismo Oficial mayor, á quien en tal caso se le auxiliará con el competente número de individuos, ya sean de la Tesorería, Contaduría, ó cualquier otro establecimiento de la provincia, para que salga de este servicio con brevedad sin desatender los negocios de su dependencia.
De órden de S. M. lo comunico á V. S. para su cumplimiento, y que active la conclusion de las cuentas de D. José Belda, haciendo al efecto los encargos mas estrechos.
Dios guarde á V. S. muchos años.
Palacio, 17 de Agosto de 1816.
Fuente:
Legislación mexicana o colección completa de las disposiciones legislativas expedidas desde la independencia de la República. Ordenada por los licenciados Manuel Dublán y José María Lozano.
http://www.biblioweb.dgsca.unam.mx/dublanylozano/
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