Siglo XIX
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1810-1819
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1816
El obispo de Oaxaca pide se declare vacante el beneficio del doctor San Martín.
12 de octubre de 1816.
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Contestación trunca
Excelentísimo señor.
Por marzo de este año pasé al antecesor de vuestra excelencia un oficio del tenor siguiente.
Con motivo de la voz y fama pública, de que el doctor don José de San Martín canónigo lectoral de mi santa Iglesia de Oaxaca, depositado a disposición de vuestra excelencia en un colegio de Puebla su patria por hechos de infidencia, se había fugado de allí, y pasado a los rebeldes insurgentes, queriéndome asegurar del hecho de dicho reo mi súbdito, pedí informe sobre ello al señor gobernador eclesiástico de la mitra de Puebla, y también al señor comandante jefe militar, y político de aquella provincia y ambos me contestan con fechas de 29 de diciembre del año pasado y de 19 de enero del corriente ser cierto, que el dicho doctor San Martín, destinado ya por vuestra excelencia a Puerto Rico, y detenido en el Colegio del Espíritu Santo con motivo de achaques de edad, y salud, se fugó del arresto, dejando escrito al rector del colegio, que iba a presentarse vuestra excelencia pero realmente se fue a Zacatlán pueblo ocupado por los rebeldes, donde permanece.
“En esta suposición, y en la de ser notoria e intergiversable la obstinación de dicho canónigo San Martín, pues no puede ignorar la excomunión en que declare incursos a todos los insurgentes por varios edictos públicos, ni puede desconocer su delito de alta traición al soberano; parece haber llegado el caso de declarar vacante su canonjía lectoral; aunque para ello convendría tener presente los autos, que se le formaron, de cuya instrucción carezco por ser hechos en Oaxaca y remitidos a vuestra excelencia por el comandante general de aquella provincia.
Pero no siendo esto necesario por la notoriedad del hecho de rebelión, y obstinación de dicho doctor San Martín, a vista de su fuga, y permanencia con los rebeldes, si vuestra excelencia lo estimare así justo, espero se sirva prestar su consentimiento como real vice patrono, para declarar vacante dicha canonjía lectoral; y proceder a lo demás que en derecho corresponda; o prevenirme sobre ello lo que vuestra excelencia estime justo y conveniente.”
Y no habiendo recibido contestación acaso por las muchas atenciones de ese supremo gobierno o porque se haya dado trámites al asunto lo participo a vuestra excelencia para que se sirva determinar lo que estimo justo, y conveniente comunicándome sus órdenes sobre ello o a mí, o directamente al gobernador de mi obispado arcediano de la misma iglesia doctor don Jacinto Moreno, como vuestra excelencia estime más oportuno.
Nuestro señor guarde a vuestra excelencia muchos años.
México, 12 de octubre de 1815.
Excelentísimo señor.
Antonio obispo de Antequera.
Excelentísimo señor don Juan Ruiz de Apodaca, virrey y capitán general de Nueva España.
Ilustrísimo señor.
Por el oficio de vuestra señoría ilustrísima de 12 del que finalizó me he enterado de la consulta que ha dirigido a esta superioridad en marzo último relativa así debe o no declararse vacante la canonjía lectoral de la santa iglesia de Oaxaca que obtenía don José San Martín antes que se fugase a los rebeldes; y aunque no se ha recibido la indicada consulta he mandado se pase.
Fuente:
J. E. Hernández y Dávalos. Historia de la Guerra de Independencia de México. Seis tomos. Primera edición 1877, José M. Sandoval, impresor. Edición facsimilar 1985. Instituto Nacional de Estudios Históricos de la Revolución Mexicana. Comisión Nacional para las Celebraciones del 175 Aniversario de la Independencia Nacional y 75 Aniversario de la Revolución Mexicana. Edición 2007. Universidad Nacional Autónoma de México.
Versión digitalizada por la UNAM: http://www.pim.unam.mx/catalogos/juanhdzc.html
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