Decreto.
México 5 de diciembre de 1814.
Como pide el señor fiscal de Real Hacienda.
Calleja.
Concuerda con el testimonio de las actas, y con la información de que va hecha mención a que me refiero y al efecto que se manda en el precedente superior decreto pongo el presente a que va añadido esta acta de treinta y uno de julio de ochocientos trece que después se mandó compulsar al mismo efecto en su decreto de dos del que rige.
México, siete de octubre de mil ochocientos quince.
José Ignacio Negreiros y Soria.
SOBRE LA POSESIÓN DE LA CANONGÍA A DON FLORENCIO CASTILLO
Número 3.
Secretaria del virreinato.
Año de 1815.
Eclesiástico secular.
Número 483 folio 50 vuelta.
Libro general 58 número 35, 319 folios 263 vuelta.
El venerable cabildo de Oaxaca sobre dudas que ofrece la posesión del canónigo don Florencio Castillo.
Fuente:
J. E. Hernández y Dávalos. Historia de la Guerra de Independencia de México. Seis tomos. Primera edición 1877, José M. Sandoval, impresor. Edición facsimilar 1985. Instituto Nacional de Estudios Históricos de la Revolución Mexicana. Comisión Nacional para las Celebraciones del 175 Aniversario de la Independencia Nacional y 75 Aniversario de la Revolución Mexicana. Edición 2007. Universidad Nacional Autónoma de México.
Versión digitalizada por la UNAM: http://www.pim.unam.mx/catalogos/juanhdzc.html
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