Siglo XIX
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1810-1819
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1814
Circular del Ministerio Universal de Indias sobre el descuento anual de cierta cantidad de pesos del sueldo del Contador de Cimapan hasta cubrir su fianza.
Diciembre 17 de 1814. (Recibida en México á 20 de Abril de 1815.)
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Con esta fecha comunico al Virey de Nueva España la Real órden siguiente.
En vista de lo que expuso el Intendente de ese Reino en carta de 15 de Diciembre de 1812, con motivo de haber mandado V. E. como Superintendente de Real Hacienda, que para subrogar los fiadores que habian faltado al Ministro Contador de la Real Caja de Cimapan D. José Vicente Cemil, se les descontasen actualmente cuatrocientos pesos de su sueldo hasta cubrir las firmas, ha resuelto el Rey nuestro Señor que si el expresado Ministro Contador no ha cubierto ya sus fianzas, se lleve á efecto la providencia de suspension de empleo que dicho Intendente dió contra él. Y al propio tiempo se ha servido S. M. declarar por punto general, que no se cumpla esta precisa obligacion con la retencion y depósito progresivo de una parte del sueldo, sino es que debe hacerse del todo de las fianzas que falte á los Ministros de Real Hacienda y demas que recauden y manejen intereses Reales, por ser esto conforme á las leyes, y el único medio de evitar los frecuentes desfalcos que se advierten; siendo su Soberana Voluntad que en iguales casos al de Cemil se señale un prudente término para la habilitacion de fianzas, pasado el cual se proceda á la suspension de empleados y cese de sus sueldos.
Lo traslado á V. de órden de S. M. para su inteligencia y cumplimiento en la parte que le corresponde.
Dios guarde á V. muchos años.
Madrid 17 de Diciembre de 1814.
Fuente:
Legislación mexicana o colección completa de las disposiciones legislativas expedidas desde la independencia de la República. Ordenada por los licenciados Manuel Dublán y José María Lozano.
http://www.biblioweb.dgsca.unam.mx/dublanylozano/
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