Siglo XIX
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1800-1809
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1808
Plan de don Juan Antonio de Riaño, propuesto al real acuerdo para el arreglo de la Real Hacienda.
Guanajuato, 5 de octubre de 1808.
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NÚMERO 244 - Tomo I
Puntos para proponer a la sabiduría del real acuerdo como útiles al mejor servicio de su majestad y al reino de Nueva España.
Número 1 Suprímase el real derecho de gracias llamadas al sacar.
Demostración. Toda ley debe ser justa; dispensarla es un absurdo en legislación. La ley injusta, inútil o imposible no es ley: anúlese.
Numero 2 Los oficios vendibles, y renunciables.
Demostración. La fe pública, la defensa de los derechos municipales, el celo por la felicidad, de las poblaciones de los numerosos vecindarios, exigen personas de mayor mérito posible por su conducta, luces, y amor patriótico; luego deben escogerse, y recaer en los más dignos. El modo de la elección es fácil de establecer; y el pago de los oficios a los poseedores, es de justicia.
Número 3 Ídem. La renta de gallos.
Demostración. Promueve la ociosidad, y los vicios, principalmente el robo, trampa, mentira; luego es contra la moral cristiana y pública, y opuesta a la ocupación, que constituye el fondo de la sociedad.
Numero 4 Ídem. Las medias anatas.
Demostración. Toda gracia del rey ha de ser completa, porque así es como resplandece, en sus vasallos la soberanía de un monarca grande, y magnánimo. Todo sueldo debe proporcionarse al destino del empleado, y éste gozarle después íntegro.
Número 5 Suprímase todo montepío por inútil en la forma que tienen tanto el militar, cuanto el de oficinas.
Demostración. Auméntense las dificultados en trámites para que no se casen los empleados de Real Hacienda, y sobre todo los militares mientras subsistan en la clase de subalternos; y páguese del erario a las viudas e hijos, la viudedad u orfandad que sea bastante según su clase; con lo que resulta superfluo todo establecimiento de montepío.
Número 6 Establézcase la amortización; generalícese el laudable tino de aquellos ilustrísimos señores diocesanos, que ordenan con las apostólicas miras de que haya sacerdotes ejemplares, y doctos. No se admitan en los noviciados sino los dignos.
Demostración. Así como los venerados cleros secular, y regular han de mantenerse con esplendor, y decorosas dotaciones, y no faltar el número de sacerdotes para las necesidades espirituales de los fieles; así también debe evitarse la acumulación de fondos excesivos en manos muertas, y toda distribución que no se conforme a la necesidad, utilidad, y clase de estos sagrados cuerpos.
Los sacerdotes son parte integrante, esencial, y preeminentes del Estado, y no todo el Estado. No es dudable que los sacerdotes como maestros de la ley divina ejemplos vivos de la moral cristiana, y pública, y consuelo eficaz de los fieles, deben ser ejemplares y doctos. Tampoco lo es que en los noviciados importa no admitir sino jóvenes de buenas costumbres, y aptos para el instituto religioso por su docilidad, humanidad, y verdadera vocación.
Número 7 Eríjanse escuelas de primeras letras bien dotadas en todas las parroquias y ayudas de parroquias cuando menos, y premios anuales para los niños aprovechados de ambos sexos.
Demostración. Es visible la suma utilidad de este establecimiento. Jamás pueden multiplicarse bastante las escuelas, en vano se trabajaría en la reforma de las generaciones futuras, y en su verdadera felicidad, si no se mejora al hombre en la niñez.
La niñez es la edad de beber los preceptos de nuestra santa religión, de adquirir los conocimientos necesarios en cualquiera estado de vida, de habituarse a la modestia y pudor, al orden, y a la justa subordinación. Las escuelas mal dotadas carecen precisamente de maestros hábiles; la falta de premios entibia el empeño y laudable emulación poderosa en los niños, y fecunda en buenos efectos.
Número 8 Repárense con solidez y decencia, salubridad, y extensión las casas reales y carteles de las cabeceras de partido, poniendo en éstas hilados, y tejidos que ocupen los presos, y ayuden a su buen mantenimiento.
Demostración. La decencia comodidad, y firmeza de las casas de ayuntamiento deben corresponder a la residencia que en ellas hace el que manda, a los acuerdos, y juntas que allí se efectúan, y a que su arreglada y decorosa fábrica sea el modelo de las casas de su vecindario. Las cárceles son lugares de seguridad, no de pena ni tormentos.
Nadie es reo hasta no ser juzgado tal legalmente. La ociosidad de los presos multiplica en unos los delitos, y en otros facilita e instruye en crímenes nuevos, y perversidad que los empeora. La extensión, aseo, y ventilación, son las que hacen las cárceles, y capaces de honestos recreos, proporcionando además la justa separación de presos en clases, para que no se confundan los de crímenes enormes y feos con los de cortos delitos. Que los encarcelados sean sustentados con alimentos sanos, y abundantes, es de rigurosa caridad cristiana.
Número 9. Restitúyase al Tribunal de la Acordada a su primer instituto; cese para siempre el juzgado de bebidas prohibidas.
Demostración. Toda bebida o licor fuerte consumible pagará en cada demarcación llamado hoy alcabalatorio, el derecho de introducción de que trata el número 15 de consiguiente resulta inútil el juzgado. El Tribunal de Acordada es notoriamente utilísimo, pues tiene por objeto extirpar a los ladrones, y facinerosos, y bien arreglados, en jefe subalternos dotaciones, y procedimientos judiciales conservará el reino en seguridad sin arbitrariedades injustas, ni vejaciones inicuas.
Número 10. Tengan todos los pueblos sus ejidos.
Demostración. Es un absurdo que los pueblos no puedan extender sus edificios en terrenos propios situar en ellos sus huertas, y labranza peculiar, y alimentar por algún tiempo los ganados de sus abastos.
Número 11. Reciban los curas pobres de los diezmos lo que falte a su decente congrua.
Demostración. Divídense los curatos en dos clases principales, 1ª de arancel, cuyo fondo de subsistencia, son los bautizos, casamientos, y entierros, siempre que sean bastantes estos rendimientos para el decoroso porte de los curas y sus ministros continúen en tal estado. 2ª de tasación que debieran suprimirse, y reducirse a la primera clase, por los notorios perjuicios, y molestias que traen a los feligreses, y embarazos a los mismos párrocos.
Éstos según su rango de curas, deben disfrutar de una renta anual correspondiente, la que no pudiendo salir en muchas parroquias de los productos arancelados corresponde se deduzca de los diezmos precisamente.
Número 12. No queden estancados, sino el tabaco, pólvora, naipes, y papel sellado; la pólvora y naipes a un precio, y de calidad tales, que hagan difícil, por poco lucroso el contrabando. El papel sellado de excelente calidad, también, se extenderá a las letras de cambio llamadas libranzas, y otros documentos sociales para incrementar así su consumo.
Demostración. Únicamente deben estancarse los artículos de considerables productos, sin gravamen sensible de los consumidores. Por tanto los estancos de nieve, y de colores son impolíticos. Es evidente que la buena calidad, y bajo precio en la pólvora y barajas, haría casi nulo el contrabando; la calidad de la pólvora depende principalmente de la pureza del nitro que se emplea: la de los naipes, del cartón, y hermosura de la pintura; y siendo todas las barajas blancas se desecharían ya por manchadas, y no por descoladas, o rotas.
El destino del papel sellado se extiende y abrasa los documentos del mayor interés social; importa pues su excelente fábrica, y el extender su uso a las libranzas, recibos, actuaciones eclesiásticas, patentes, licencias, y otros objetos incrementaría considerablemente su expendio sin perjuicio reparable de los consumidores.
Número 13. De Tabaco habrá siempre abundante provisión, tanto del de este reino en rama, puros, y cigarros cuanto de rapé, y delgado de la Habana. Extínganse insensiblemente las fábricas de puros, y cigarros.
Demostración. Todo mercader se desvela por tener bien surtida su tienda, porque de tal surtimiento depende precisamente la venta. Imitémosle, y se consigue lo que debemos proponernos en el tabaco. Lima ha demostrado la utilidad de la extensión propuesta.
Número 14. Quítense todas las loterías, excepto la del rey, y reciba ésta toda la extensión, y aumento de que es capaz; manéjese por los empleados la renta de correos.
Demostración. ¿A quién se le oculta la propensión del hombre al juego, y mayor al de la lotería? Luego si la del rey fuera la única, y tuviese el número de premios proporcionado al de jugadores, ella sólo vendería los billetes, y sus rendimientos se incrementarían considerablemente son pues notoriamente nocivas a la real lotería, otras cualesquiera, y aún las rifas de todas clases. ¿Qué empleados, y qué oficinas hay más adecuadas para el expendio de los billetes, ni qué dificultad puede haber en la reunión de estas rentas? Ninguna.
Número 15. Abolida la alcabala propiamente tal, subsista sólo por el tiempo necesario, y no más, el cinco por ciento de introducción en los que hoy se llaman alcabalatorios; y por equivalente del real tributo, que debe quitarse cuanto antes tal derecho de introducción sea pagado por todos indistintamente inclusos los indios.
Fórmense notas claras, y precisas de los artículos que hayan de pagarle, y tarifas de los precios, que se rectificarán cada cinco años, cesando así los adeudados contenciosos, y arbitrariedad de los cobradores reales en los aforos, y ahorrándose muchos dependientes por la sencillez de la cuenta y razón.
Demostración. Está probado por mejor que todo derecho de introducción se funde en las entradas y salidas del reino por mar y tierra, y que después los efectos sean conducidos libres de todo impuesto, por todas sus provincias: mas ínterin que este proyecto puede realizarse, es necesario sustituir un equivalente a la alcabala, y tributos.
El primero impolítico, y muy oneroso por ser la sombra que va en pos del hombre en todos sus tratos, dificultando el comercio de las propiedades, y porque causa un sinnúmero de molestias, y puntos contenciosos entre los causantes, y el real fisco; y el segundo absurdo, porque deprime las clases productivas, y es contra la esencia de toda contribución que debe ser general, y sin odiosas distinciones. Que cada uno sepa lo que ha de pagar, y de que es justo, y evita toda disputa; y es evidente que la sencillez en la cuenta y razón exige pocos recaudadores.
Número 16. Así resulta fácil la reunión tantas veces ordenada de las rentas dichas.
Demostración. ¿Qué inconveniente puede haber en que sean unos mismos los cobradores del derecho de introducción simplificando como queda dicho, y los expendedores del tabaco, pólvora, naipes, y papel sellado que el resguardo sea uno solo? Ninguno.
Número 17. Protéjase el cultivo de algodón: establézcanse molinos de despepitarlo para hacer menos difícil su transporte. Fórmense plantíos de café en las costas ardientes; de moreras en los climas adecuados de que abunda el reino; y estos tres ramos de consumo, y exportación son capaces por sí de remplazar las rentas que se suprimen.
Demostración. Sabido es el consumo que se hace, y puede hacerse en todo el reino del algodón, y los proyectos, y perfección que sucesivamente pueden tener sus hilados y tejidos hasta sustituir los que ahora se gastan del Asia; y no es menos notorio que un atajo de mulas traería en algodón despepitado lo que ahora necesita de tres con pepita; ventaja considerable por disminuir dos terceras partes el costo de conducción.
El café se va haciendo uso general entre las gentes principales, y probablemente se extenderá más y más cada día; y así es visible la utilidad de los cafetales; respecto de la seda, es notorio el gran consumo que hace la Nueva España de la de Asia, y lo es igualmente que los tres artículos expresados pueden incrementarse hasta llegar a ser bastantes para una muy lucrosa exportación.
Número 18. Cesen según vayan vacando todos los empleados que no sean precisos, y los que queden por necesarios disfruten de buenos sueldos, y tales que no tengan disculpa para el cabal desempeño de sus obligaciones; sean castigados con severidad los que delincan; y protegidos y premiados con ascensos los beneméritos; y entonces no habrá necesidad de fiadores.
Demostración. Todo empleo inútil es un mal efectivo; dejar en la indigencia el empleado sin destino, una barbarie no dotar convenientemente a los que sirven a su majestad forzados a que falten a su deber, no castigar ni premiar, un escandaloso abandono de la justicia, exigir fianzas una deshonra de los mismos empleados, y una dependencia nociva a los fiadores.
Número 19. Recójanse los verdaderos pobres en hospicios que se fundarán en las capitales de provincia; y prohíbanse todas las demandas que no sean de comunidades religiosas mendicantes, y hospitalarias.
Demostración. Un gobierno benéfico, y sabio trabaja sin cesar, y dirige sus principales miras a que no haya pobres, pero la consecución de tamaño bien es obra todavía de mucho tiempo. Pide entretanto la caridad cristiana, que los pobres sean sustentados; y por cierto que los hospicios son adecuados al intento. Nadie ignora que no deben consentirse las demandas por sus notorios e irremediables abusos; y todos conocen y experimentan, la utilidad de las comunidades religiosas mendicantes, y hospitalarias.
Número 20. Los hospitales sean muchos, y de pocos enfermos, en vez de uno general; y estén al cuidado de matronas instruidas las salas de mujeres enfermas.
Demostración. Si un hospital general, centro hoy y ejemplo del desaseo, mala sazón de alimentos, y descuidada asistencia, se convirtiese en cinco pequeños, uno en el centro, y cuatro en cuatro puntos proporcionados de las grandes poblaciones, resultaría mayor la facilidad de trasladarse, o de ser llevados a ellos los enfermos, y heridos; no habría riesgos de contagios, y serían asequibles la limpieza, el buen condimento, el cuidado, el orden, y la convalecencia.
No basta que las mujeres enfermas sean asistidas por matronas de virtud, y experiencia; convendría que éstas se instruyesen en el arte de partear, y otras operaciones quirúrgicas.
Número 21. Establézcase en cada provincia una sociedad patriótica.
Demostración. Consta por experiencia la utilidad de tales establecimientos, que promueven la agricultura, y la industria.
Número 22. Rectifíquense los estudios, sus universidades, y colegios.
Demostración. Las ciencias naturales, y la de la legislación se perfeccionan, luego deben sustituir a los antiguos autores clásicos los nuevos. No hay buenos profesores donde son escasas las dotaciones, y los premios, ni es posible que la juventud aproveche sin establecer un orden conveniente, y una laudable emulación.
Auméntense en los colegios las cantidades anuales que hayan de pagar los colegiales hasta la suma que sea bastante para que sean vestidos con decencia y uniformidad, y alimentados con abundancia, y buena sazón sin permitirles nada de fuera; y aprendan con las virtudes, y ciencias, modales decorosos, y propios de buena sociedad, ni se descuiden los ejercicios, y honestas diversiones, que fortifican al cuerpo, y descansan de las fatigas literarias. Póngase el cuidado, no en el número, sino en la calidad de los que aspiran a las ciencias; único medio de poseer sabios verdaderos, descártense los estúpidos y viciosos.
Número 23. Los arbitrios deben establecerse principalmente sobre los rendimientos líquidos anuales de las fincas urbanas de las poblaciones interesadas, sin exceptuarse las manos muertas ni otras privilegiadas hasta ahora, y si las de los pobres cesando otro impuesto erigido con este fin. Su recaudación se hará por los cobradores de introducción del número 15.
Demostración. Los caudales de arbitrios si ven para la seguridad, comodidad, y decoro de las poblaciones; luego éstas son las beneficiadas principalmente, y no los introductores con sus frutos sobre que hasta ahora se han impuesto son del consumo de la plebe; aumentan pues de precio para los pobres, cuando por el contrario recae el impuesto sobre los ricos realizándose en las fincas. No hay inconveniente en que la cobranza de esta contribución se haga por los recaudadores reales.
Número 24. Divídanse las subdelegaciones en dos clases con las dotaciones de 600 y 1000 pesos anuales por ahora, y páguense de los propios arbitrios de cada provincia; recaiga la elección en vecinos idóneos.
Demostración. Los subdelegados son jueces con muy importantes obligaciones siendo la principal mantener en paz y justicia sus respectivas demarcaciones, que interesadas en su cabal desempeño deben mantenerlos con decente sueldo correspondiente a su extensión, y población. El nombramiento de los vecinos explica la cortedad de las dotaciones.
Número 25. La pena de todo contrabandista sea sólo la pena del contrabando, y no más; quede ilesa su persona y bienes.
Demostración. Toda pena debe ser proporcionada al delito en cuanto sea posible, y antes deficiente que excesiva en regiones como la de Nueva España.
Número 26. Declárase por contrabando además de los artículos estancados del número 12, la introducción de esclavos, y facilítese la libertad de los que todavía desfiguran el bello aspecto del reino.
Demostración. La esclavitud degrada la humanidad, y se opone a la perfectibilidad de la especie. La libertad de los pocos esclavos que aún existen, los hará vasallos más laboriosos y útiles.
Número 27. Auméntense las Reales Audiencias, y entre tanto en número necesario los señores togados de la Real Audiencia de Guadalajara, y sus sueldos de la de México, y sepárense de toda comisión.
Demostración. Aumento de población, produce aumento de negocios, y de delitos. La suprema administración de justicia, y demás eminentes funciones de las Reales Audiencias piden toda energía, virtudes y ciencia de los señores togados; tengan pues éstos sueldos correspondientes a su alta dignidad, y ocúpense únicamente en los importantísimos objetos de su institución.
Número 28. Recaigan las togas de las Reales Audiencias menores en los tenientes letrados beneméritos, y sucedan a éstos los abogados de península, o del reino, de más probado desinterés, caridad, talento, experiencia y ciencia; y las plazas vacantes de las mayores sean ocupadas por los señores ministros más beneméritos de las menores.
Demostración. ¿Qué otro camino hay más directo para premiar los letrados más dignos, y para que éstos supremos tribunales lleguen a su perfección? Ninguno.
Número 29. Los curatos, y sacristías mayores deben darse a los vicarios, y catedráticos de más antigüedad, y mérito; y las prebendas a los curas de más virtud, y servicios de la península, y del reino.
Demostración. Aquí debe establecerse una escala de premios y ascensos como en el número anterior, y la propuesta es útil, y conforme a justicia: útil, porque formaría con la esperanza la recompensa, vicarios, profesores, y curas excelentes; justa porque el sólido mérito ha de premiarse.
Número 30. Pónganse en administración los diezmos según vayan cumpliendo, los actuales arrendadores; rectifíquense, y unifórmense las notas de la exhibición; descártense para siempre los diezmos pequeños de poquísimo producto, y que recaen únicamente sobre los pobres, como son los de gallinas, verduras frutas y etcétera.
Demostración. La administración no es tiránica, como lo es la exacción de los arrendadores; aumenta los productos aún cuando se vendan los frutos según la necesidad de los consumidores. Ésta como todas las contribuciones, debe ser general, uniforme y bien aplicada. Los ramos que sin rendimiento de consideración vejan a los infelices, son impolíticos.
Número 31. Trasládese el apostadero de San Blas a Acapulco, y cerca de este puerto en situación saludable reciclan los empleados como ahora en Tepic, y hágase un camino carretero desde Acapulco a México.
Demostración. El puerto de Acapulco es excelente cuando el fondeadero de San Blas no tiene ventaja alguna, particularmente para los buques de alto porte. Acapulco está más proporcionado; y hecho el camino propuesto, sería utilísimo para el comercio de la costa del sur y del Asia.
Número 32. Conclúyase y consérvese en el mejor estado el camino carretero de Veracruz a México; por su grandísima utilidad, y porque es un error creer que facilita los ataques exteriores.
Demostración. Es visible la utilidad del camino. Los enemigos tienen en toda la costa del norte desde Veracruz hasta el golfo de San Bernardo diferentes puntos dónde hacer desembarcos con menor riesgo, y mayor seguridad; y en caso de querer entrar por Veracruz, el camino les convidaría a seguirlo con preferencia. Éste es susceptible en muchos trechos ventajosos de profundas cortaduras, y reductos de artillería que pueden hacerse en poco tiempo, e imposibilitar así sus progresos, y acelerar su ruina.
Número 33. Fórmese un establecimiento en la desembocadura del río Sabina o en otra situación de la costa del norte que sea preferible y sea puerto habilitado para la provisión interior del reino.
Demostración. Causa admiración cómo este pensamiento no se ha realizado años hace por ser muy notorias su utilidad, y necesidad.
Número 34. Póngase por límites entre la Nueva España, y los Estados Unidos del Norte la orilla derecha del Misisipi aunque en cambio sea preciso cederles las dos Floridas.
Demostración. Lo mejor sería que los americanos del norte no tuvieran surgidero ni salida alguna al Golfo de México, pero ya que esto no es asequible probablemente, y que ambas Floridas son para la España de ningún provecho, y sí de gasto; y que importa mucho que los límites entre dos potencias sean invariables, y sin equivocación; el río Misisipi desde su embocadura hasta su origen, y de aquí directamente hasta el Polo Ártico, resulta la mojonera más adecuada. Mas su orilla derecha por fertilidad, y proporciones es capaz de inmensa población que vigile, y contrarreste en la ocasión las miras, y empresas de estos vecinos.
Número 35. Fórmense expediciones de sabios que hagan con exactitud astronómica la carta de Nueva España; que examinen sus terrenos, producciones, población, industria, etcétera, y propongan las posibles mejoras.
Demostración. Es por sí evidente que tales conocimientos son precisos para cimentar la prosperidad.—
Guanajuato 5 de octubre de 1808.—
Juan Antonio de Riaño.
Fuente:
J. E. Hernández y Dávalos. Historia de la Guerra de Independencia de México. Seis tomos. Primera edición 1877, José M. Sandoval, impresor. Edición facsimilar 1985. Instituto Nacional de Estudios Históricos de la Revolución Mexicana. Comisión Nacional para las Celebraciones del 175 Aniversario de la Independencia Nacional y 75 Aniversario de la Revolución Mexicana. Edición 2007. Universidad Nacional Autónoma de México.
Versión digitalizada por la UNAM: http://www.pim.unam.mx/catalogos/juanhdzc.html
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