Siglo XIX
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1800-1809
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1806
Real orden. Que los letrados que han intervenido como fiscales en las causas, no puedan entender en ellas como auditores ó asesores.
Diciembre 25 de 1806.
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Exmo. sr.-- El sr. secretario del despacho de marina, en papel de 19 del actual, me dice lo que sigue:
"Con ocasion de cierta multa impuesta por el consejo de la guerra al auditor del departamento de Cádiz por haber hecho de fiscal y de juez en una misma causa, y por no haber consultado á aquel supremo tribunal sobre la sentencia de diez años de presidio pronunciada en ella contra el matriculado Dionisio García, recurrió al Rey dicho auditor esponiendo sus descargos, fundados, entre otras razones, sobre la inteligencia de preceptos de las ordenanzas de marina: y S. M. enterado de esta esposicion, y despues de oido en el asunto el parecer del mismo consejo, de su conformidad, se ha servido, no solo desestimar el recurso enunciado, sino que, para evitar en lo sucesivo los perjuicios que deberian resultar de práctica tan irregular, ha tenido á bien resolver que los letrados que hayan intervenido como fiscales en las causas de los juzgados militares de ejército, merina y milicias, si pasaren á ser auditores ó asesores, no puedan entender en clase de jueces á asesores en las mismas causas; y que en todas las que impongan á los reos pena corporal pongan por final de los autos definitivos ó sentencias que ántes de su ejecucion se consulten con el consejo, el cual, ó la aprobará desde luego, ó mandará que venga por su órden, y oirá á los reos en segunda instancia, ó en tercera si lo requieren sus circunstancias."
Lo traslado á V. E. de real órden para su cumplimiento en la parte que el toca.
Dios guarde á V. E. muchos años.
San Lorenzo, 25 de diciembre de 1806.--
Caballero.--
Sr. virey de Nueva España.
Fuente:
Legislación mexicana o colección completa de las disposiciones legislativas expedidas desde la independencia de la República. Ordenada por los licenciados Manuel Dublán y José María Lozano.
http://www.biblioweb.dgsca.unam.mx/dublanylozano/
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