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1796
"Exmo. Sr.-- Para dar extension á la nevegacion y comercio recíproco de los puertos del Sur del Perú, Santa Fé, Guatemala y Nueva España, se ha servido el rey ampliar la cédula de 17 de Enero de 1774, habilitado por ahora el de San Blas para este comercio, en que se han de comprender los frutos prohibidos por el artículo 3 de dicha cédula; cuya prohibicion ha alzado S. M. con la misma calidad de por ahora, y solo para San Blas, en beneficio de las provincias internas y de la California, que por su gran distancia de Veracruz, único y preciso puerto del Norte para el comercio con la metrópoli, no pueden proveerse de ellos. Particípolo á V. E. de órden de S. M. para su cumplimiento en la parte que le corresponda." Y á fin de que esta soberana resolucion llegue á noticia de todos, y puedan usar los beneficios que les proporciona, mando etc." Fuente: Legislación mexicana o colección completa de las disposiciones legislativas expedidas desde la independencia de la República. Ordenada por los licenciados Manuel Dublán y José María Lozano. http://www.biblioweb.dgsca.unam.mx/dublanylozano/ |