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1767
Poder recibido por el visitador José de Gálvez del Virrey Marqués de Croix.
7 de julio de 1767
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Supuesto que por la experiencia de los repetidos movimientos y alborotos que la ínfima plebe y los trabajadores de minería de las ciudades de San Luis Potosí y Guanajuato y especialmente por la última escandalosa desobediencia y rebelión con que en una y otra de dichas ciudades se han opuesto al cumplimiento de la soberana determinación de su majestad sobre la expulsión de los jesuitas, impidiendo su salida después de haberse publicado por bando el real decreto y explicado a ambos pueblos por eclesiásticos y religiosos de otras órdenes, se hace indispensable escarmentar con severo castigo semejantes atentados y llevar a debido efecto a todo trance la ejecución de lo mandado por el rey nuestro señor, así en las expresadas dos ciudades como en las de San Luis de la Paz y Pátzcuaro, donde por conmociones y motivos anteriores se ha impedido también la salida de los jesuitas de los colegios que hay en ellas, he venido a aceptar la generosa oferta y las eficaces instancias que me ha hecho el señor intendente y visitador general de este reino, don José de Gálvez, a impulsos de su notorio celo, actividad y amor al real servicio para ocurrir personalmente a poner en práctica la real resolución, como lo ha ejecutado en esta capital con particular acierto en calidad de mi primero y principal comisionado; y a este fin y a los demás consiguientes de averiguar sumaria y militarmente los autores y cómplices de los tumultos y rebeliones que se han verificado en las mencionadas ciudades de San Luis de la Paz, San Luis Potosí y Guanajuato, como igualmente en la de Pátzcuaro, si fuere necesaria su autoridad en ella le concedo toda la mía y le transfiero las amplias facultades que en mí residen sin limitación alguna, como corresponde a su distinguido carácter, no dudando de su acreditada prudencia, literatura y justificación que practicará cuanto convenga a que el rey quede debidamente obedecido, respetadas sus supremas determinaciones y su augusto nombre en la veneración que indispensablemente deben prestarle todos sus vasallos, valiéndose para cuanto necesitare de los auxilios y fuerzas de la tropa que va a sus órdenes y de la demás gente armada y paisanaje que le pareciere emplear en los importantes asuntos que cometa a su cuidado y esmero.
México y julio 7 de 1777 [sic]. El marqués de Croix.
Fuente: Gálvez, José de, Informe sobre las rebeliones populares de 1767, y otros documentos inéditos, edición, prólogo, índice y notas por Felipe Castro Gutiérrez, Universidad Nacional Autónoma de México, México, 1990, pp. 83-84.
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